يُوصِيكُمُ ٱللَّهُ فِىٓ أَوْلَٰدِكُمْ ۖ لِلذَّكَرِ مِثْلُ حَظِّ ٱلْأُنثَيَيْنِ ۚ فَإِن كُنَّ نِسَآءًۭ فَوْقَ ٱثْنَتَيْنِ فَلَهُنَّ ثُلُثَا مَا تَرَكَ ۖ وَإِن كَانَتْ وَٰحِدَةًۭ فَلَهَا ٱلنِّصْفُ ۚ وَلِأَبَوَيْهِ لِكُلِّ وَٰحِدٍۢ مِّنْهُمَا ٱلسُّدُسُ مِمَّا تَرَكَ إِن كَانَ لَهُۥ وَلَدٌۭ ۚ فَإِن لَّمْ يَكُن لَّهُۥ وَلَدٌۭ وَوَرِثَهُۥٓ أَبَوَاهُ فَلِأُمِّهِ ٱلثُّلُثُ ۚ فَإِن كَانَ لَهُۥٓ إِخْوَةٌۭ فَلِأُمِّهِ ٱلسُّدُسُ ۚ مِنۢ بَعْدِ وَصِيَّةٍۢ يُوصِى بِهَآ أَوْ دَيْنٍ ۗ ءَابَآؤُكُمْ وَأَبْنَآؤُكُمْ لَا تَدْرُونَ أَيُّهُمْ أَقْرَبُ لَكُمْ نَفْعًۭا ۚ فَرِيضَةًۭ مِّنَ ٱللَّهِ ۗ إِنَّ ٱللَّهَ كَانَ عَلِيمًا حَكِيمًۭا
Alá os ordena lo siguiente en lo que toca a vuestros hijos: que la porción del varón equivalga a la de dos hembras. Si éstas son más de dos, les corresponderán dos tercios de la herencia. Si es hija única. la mitad. A cada uno de los padres le corresponderá un sexto de la herencia, si deja hijos; pero, si no tiene hijos y le heredan sólo sus padres, un tercio es para la madre. Si tiene hermanos, un sexto es para la madre. Esto, luego de satisfacer sus legados o deudas. De vuestros ascendientes o descendientes no sabéis quiénes os son más útiles. Ésta es obligación de Alá. Alá es omnisciente, sabio.
Al-lah les ordena seguir la repartición siguiente respecto a la herencia de sus hijos: La herencia será repartida entre ellos de manera que el hijo reciba la misma parte que reciben dos hijas. Si el difunto deja hijas mujeres y ningún hijo varón, las herederas tienen derecho a dos tercios de su patrimonio. Si deja una sola hija mujer, ella tiene derecho a la mitad y cada uno de los padres del difunto tiene derecho a un sexto de la herencia. Si no tiene hijos ni otros herederos además de sus padres, su madre tiene derecho a un tercio del patrimonio y el resto corresponde a su padre. Si el difunto tiene más de dos hermanos y hermanas, sean del mismo padre y la misma madre o no, la madre tiene derecho a un sexto en calidad de heredera forzosa y el resto corresponde al padre en tanto pariente por línea paterna, mientras que los hermanos y hermanas no tienen derecho a parte alguna. Esta repartición de la herencia se efectúa después de la ejecución del testamento redactado por el difunto, a condición de que la parte legada por testamento no exceda el tercio de su patrimonio y una vez que sus deudas hayan sido saldadas. Al-lah decidió que la repartición se haga de esta forma porque ustedes no saben quién de entre sus padres o sus hijos les es más útil en este mundo y en el más allá. El difunto puede tener durante su vida una buena opinión sobre uno de sus herederos y legarle todo su patrimonio. A la inversa, puede tener una mala opinión sobre uno de sus herederos y privarlo de toda herencia. Pueden darse muchos casos más, pero quien los conoce a todos es Al-lah, a Quien nada se le escapa. Es por esta razón que ordenó repartir la herencia de esta forma e hizo de esta repartición una obligación que deben cumplir Sus siervos. Al-lah es Omnisciente, ya que nada de lo relativo a los intereses de Sus siervos se le escapa, y Él es Sabio en Sus leyes y en Su gestión.